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La Carta de e-Ciudadanía del Gobierno holandés


Logo Carta de e-Ciudadanía del Gobierno holandésEl Gobierno holandés ha publicado una Carta de e-Ciudadanía (pdf) en el marco de la iniciativa Citizenlink, que tiene por objeto mejorar la eficacia del sector público mediante la participación ciudadana. He llegado a esta información a través de un «tuit» de @Netoraton.

Por cierto,  la carta está disponible en 17 idiomas, entre los que se encuentra, por ejemplo, el catalán (pdf). Es más, la versión en catalán es la primera de la lista.

Esta iniciativa del gobierno holandés se enmarca en un programa que tiene vigencia entre 2008 y 2010. Sin embargo, me sonaba que Alorza ya había publicado algo sobre esto hace ya tiempo. Y, efectivamente, he comprobado que hace ya más de 3 años que Alorza publicó un post sobre el Fuero del eCiudadano, que ya incluía un decálogo prácticamente idéntico al actual.

Está bien reciclar las ideas y las prácticas que conservan su vigencia intacta, como es el caso de esta Carta de e-Ciudadanía. La pego a continuación:

(Me gusta el punto 9. ¿Y a vosotros cuál os gusta?)

Carta de e-Ciudadanía

1. Elección de canal – Como persona ciudadana puedo escoger por mi mismo cómo voy a interactuar con la Administración Pública. La Administración Pública asegura la provisión multicanal de servicios. Esto comporta la disponibilidad de todos los canales de comunicación: oficinas de atención presencial, correo, teléfono, correo electrónico, internet.

2. Sector Público Transparente – Como persona ciudadana sé dónde debo dirigirme para obtener información y para solicitar servicios públicos. La Administración Pública garantiza la prestación de servicios a través de ventanillas unificadas y actúa como una sola entidad sin la existencia de ventanillas equivocadas.

3. Visibilidad de Derechos y Deberes – Como persona ciudadana conozco los servicios a los cuáles tengo derecho bajo determinadas condiciones. La Administración Pública asegura que mis derechos y deberes son siempre visibles.

4. Información Personalizada – Como persona ciudadana tengo derecho a una información completa, actualizada y consistente. La administración pública ofrece una información apropiada y a medida de mis necesidades.

5. Servicios Eficaces – Como persona ciudadana puedo elegir presentar mis datos personales una sola vez y recibir el servicio de forma proactiva. La administración pública me permite fácilmente saber que información guarda sobre mí y no usa mis datos sin mi consentimiento.

6. Procedimientos integrales – Como persona ciudadana puedo fácilmente conocer cómo trabaja la administración pública y monitorizar el progreso de los trámites. La administración pública me informa periódicamente de los procedimientos que me afectan a través de sistemas de seguimiento y de trazabilidad.

7. Confianza y Responsabilidad – Como persona ciudadana supongo que la administración pública es competente en materia de digitalización. La administración pública garantiza una segura gestión de la identidad y el almacenamiento responsable de documentos electrónicos.

8. Administración amable – Como persona ciudadana puedo aportar sugerencias e interponer reclamaciones. La administración pública compensa por los errores y utiliza la información reactiva para mejorar sus productos y sus procedimientos.

9. Responsabilidad y Evaluación comparativa – Como persona ciudadana puedo comparar, comprobar y medir los resultados de la administración pública. La administración pública ofrece constantemente información comparativa de su rendimiento.

10. Participación e Influencia en las decisiones – Como persona ciudadana estoy invitada a participar en la toma de decisiones y a promover mis intereses. La administración pública apoya la capacidad de influencia de la ciudadanía y con este fin, asegura la disponibilidad de la información y de los instrumentos necesarios.

Categorías: Buenas practicas, Europa Etiquetas:
  1. 04/10/2009 a las 10:38

    La carta me sigue gustando. Es un gran decálogo, pero me abono a las sospechas de Andrés y Óscar. Cuatro años después de presentarla por primera vez, sería de esperar que presentasen algunos resultados. ¿Alguien sabe cuál ha sido el proceso que ha seguido durante este tiempo?

  2. 01/10/2009 a las 13:36

    De acuerdo con @andres nin perez. ¿Esto es sólo pura propaganda o buenas intenciones o son derechos justiciables, es decir, que los ciudadanos los pueden exigir ante la Administración y , si no, ante los tribunales de justicia?

  3. alo goñi
    01/10/2009 a las 09:50

    Pues a mí me parece que, salvo el 10, todos estos derechos están explícitamente recogidos en la Ley 11/2007 de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.
    Desde Moisés, parece que siempre ayuda el difundir las cosas en formato «decálogo», pero la clave está en todo el cambio tecnológico, organizativo y de motivación que es necesario introducir en la Administración para poder garantizar estos derechos plenamente.
    Mucho ánimo!

  4. 30/09/2009 a las 23:13

    Por gustarme, me parecen todos muy razonables. No obstante, lo de los holandeses me parece más publicidad que otra cosa. No sólo es la segunda vez que publican la carta a bombo y platillo, sino que además es simplemente una recomendación que las unidades administrativas no tienen obligación de seguir.

  5. 30/09/2009 a las 22:41

    @M@k, el Buscaimposibles: ninguna administración que yo conozca le ha dado, de momento, todos esos conocimientos a la persona ciudadana. Lo que dice la Carta es que se los debería dar, debería asegurar que sus derechos y deberes son siempre visibles, debería ofrecer una información apropiada y a medida de sus necesidades, debería ofrecer constantemente información comparativa de su rendimiento, etc. A mí me suena estupendamente.
    @Paul: Totalmente de acuerdo. El compromiso con la participación debe ir más allá de la mera invitación. Una línea de trabajo interesante: identificar los pasos a dar para promover la participación en el ámbito de las administraciones públicas. Con todo, en esta Carta hay material más que suficiente para entretenerse una temporada, si se pretenden llevar estas ideas a la práctica.

  6. 30/09/2009 a las 09:45

    Como es habitual, el punto que más me interesa es el 10. Entiendo que son principios generales pero considero necesario un compromiso mayor en el ámbito de la participación, que no se reduzca a una invitación, sino también a la promoción de la participación y a la obligación de facilitarla que asume la administración.
    Por lo demás, es un documento muy sugerente.

  7. 30/09/2009 a las 09:08

    Hum, ¿y quién ha dado a la persona ciudadana todos esos conocimientos que dice la Carta que tienen las personas ciudadanas? Porque yo soy un torpe e ignorante y no sé dónde o a quién acudir para trámites diversos, pero es que tampoco la señora Administración me ha contado nunca eso…

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