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Transparentar la transparencia. La actualización de contenidos.


Un asunto básico para avanzar en transparencia es no sólo ofrecer información actual, sino comunicar cómo de actualizada está esa información. El pescado y la transparencia cuando están pasados huelen.

La Manga

A raíz de la entrada en vigor de la Ley 19/2013 de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y, posteriormente, de las leyes autonómicas, decretos forales, ordenanzas provinciales y municipales, junto con los distintos reglamentos en la materia, nuestras Administraciones Públicas cuentan con portales de transparencia.

De la frase anterior se puede deducir que se ha realizado un importante esfuerzo jurídico-normativo; sin embargo, este no ha venido acompañado de buenos resultados en términos de efectividad de la transparencia. De manera general, los portales de transparencia no están sirviendo a su fin: que la ciudadanía se forme juicio sobre el funcionamiento de sus instituciones. Sin embargo, este no debe ser un motivo para desesperar, sino para perseverar.

En esta brevísima nota, hoy solo voy a comentar un aspecto que puede parecer secundario, pero que posee mucha potencialidad. Me estoy refiriendo a la actualización de los contenidos de transparencia.

No hace falta defender el caso de la actualización: cuando los contenidos están desactualizados no sirven para casi nada, no animan a que la ciudadanía se implique y reflejan una muy mala imagen de la institución. No tener al día los contenidos es tan malo o peor que no tenerlos.

Ahora bien, en esta nota quiero poner la mirada en otro aspecto un poco más sutil: ¿cómo demostramos que un contenido está actualizado? En la mayor parte de los portales de transparencia existentes, no se ofrece un mecanismo sencillo para saber la antigüedad de la información, su última actualización y si se puede considerar información actual o pasada.

¿Cómo se debería hacer esto? Como en cualquier gestión documental básica, cada activo de información debe mostrar cada cuánto se actualiza y cuál es la fecha de la última actualización. Internamente, esto va a generar una fecha de próxima actualización, la cual disparará una revisión que lleve a mantener, modificar o sustituir ese ítem de información. En todos los casos, la revisión conllevará un cambio en la fecha de última actualización, de manera que quien acceda  no tendrá más que comprobar que la fecha de última actualización es más reciente que la frecuencia señalada. El sistema descrito implicaría una gestión de actualizaciones diferente para cada contenido, pero también cabe implantar un sistema más sencillo que señale una misma periodicidad de actualización de todos los contenidos.

Este es el momento en que viene a nuestra ayuda la metodología MESTA. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, junto con la extinta Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y Calidad de los Servicios, ha elaborado la Metodología de Evaluación y Seguimiento de la Transparencia de la Actividad pública (MESTA), con el objetivo de establecer un método de evaluación único y común en todo el Estado. El Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Canarias aplica MESTA para la elaboración del Índice de Transparencia de Canarias (ITCanarias). Gracias a que documenta sus métodos y resultados, podemos aprender de esta buena práctica.

Respecto de la actualización de contenidos, la opción adoptada por MESTA/ITCanarias es la de establecer la práctica de la revisión trimestral de todos los contenidos. Un contenido que se actualice anualmente experimentará revisiones y cambios en la fecha de su última actualización de manera trimestral. Un contenido de actualización diaria se revisará al menos de manera trimestral, pero mucho mejor si se revisa de manera diaria.

Estas son las instrucciones (pdf 3,8 MB) que ofrece ITCanarias:

Datación y actualización. Para este criterio se tienen en cuenta dos fechas. Primero, si el contenido dispone de alguna fecha que permita situar la información en el tiempo (fecha de la información); y segundo, si se ha producido una actualización o revisión de la publicación de modo que el ciudadano tenga garantías de que la información está actualizada y vigente (fecha de publicación). Al menos una de las fechas debe pertenecer a los tres meses anteriores al mes en que el ciudadano realiza la consulta. Esto quiere decir que, a efectos de la evaluación, la información debe actualizarse en marzo, junio, septiembre y diciembre.

¿A alguien le parece excesiva una revisión trimestral? Parece bastante razonable. Es más, una buena parte de esta revisión puede ser automatizada. Ese es el caso del Ayuntamiento de Gavà, el cual actualiza la información económica con frecuencia diaria. Siguiendo técnica estándar de open data, se ha programado una reescritura diaria del recurso junto con una modificación del metadato «última actualización«. Tal como se ve en la imagen, la fecha es la de hoy mismo.

Captura de pantalla 2020-03-02 a las 16.06.03 Desde el momento que la transparencia es Ley, no hay excusa que valga. La ciudadanía tiene el derecho a acceder a información actualizada y a saber cuánto de actual es la que le ofrecen. De gran ayuda son herramientas como el catálogo de información pública. Recomiendo seguir de cerca el que está poniendo en marcha el equipo del gran Antonio Ibáñez, en la  Junta de Castilla y León.

En desideDatum estamos trabajando para adaptar MESTA a las distintas normativas autonómicas y locales, al tiempo que proporcionamos métodos y herramientas para automatizar y ayudar a las áreas de transparencia de nuestras Administraciones Públicas.

  1. 17/05/2021 a las 23:23

    Gran post.

    Mucho es sabido, que en internet y en muchos otros lados existe poca transparencia desde el uso de tus datos personales, a la manipulación de información.
    Estuve leyendo el espejismo del fascismo de Marcos Peña Molina. Un relato de blog, en el cual se expone que hoy en día el fascismo y el poder, manipulan la información para convertir en real, una realidad falsa, aludiendo a acontecimientos del pasado, para moldear las personas de hoy en día, con mensajes emotivos.
    Excelente artículo te has mandado.

    Saludos cordiales.

  2. Speedy González
    13/03/2021 a las 14:06

    Totalmente de acuerdo con «…sin embargo, este no ha venido acompañado de buenos resultados en términos de efectividad de la transparencia. De manera general, los portales de transparencia no están sirviendo a su fin: que la ciudadanía se forme juicio sobre el funcionamiento de sus instituciones. Sin embargo, este no debe ser un motivo para desesperar, sino para perseverar…» Es que somos muy pocos los que exigimos la rendición de cuentas y en las administraciones aun no se han acostumbrado ni se han hecho a la idea que la rendición de cuentas a la ciudadanía es su OBLIGACION. Y por esto tenemos que perseverar y «educar» a los funcionarios para que nos hagan caso.

    He presentado un montón de solicitudes de acceso a la información pública a través de los portales de transparencia del Ayto. Alicante y la Generalitat Valenciana y NUNCA he recibido contestación dentro del plazo (un mes desde la presentación) establecido legalmente… Siempre tengo que presentar después una queja al Síndico de Greuges para literalmente «arrancar» la contestación de la administración local y/o autonómica.

  3. 08/09/2020 a las 18:42

    Muy buen artículo Alberto, y la fotografía y lema para encabezar el artículo no podían estar mejor escogidos. Enhorabuena!!!

  4. 25/05/2020 a las 12:03

    Artículo muy interesante sobre algo, que como bien dices nunca debería faltar, pero por desgracia no suele ser la norma habitual.
    Muchas gracias.

  5. 04/03/2020 a las 20:13

    Supongo, Alberto, que todo esto debería ir acompañado con algún indicador que nos diga el nivel de acceso de los contenidos «transparentados». Digo porque quizá un motivo para actualizar más/menos sea el nivel de acceso de la ciudadanía a los contenidos que alberga un portal de transparencia. Lo comento por aquello de priorizar lo que la gente ve útil. Por lo demás, no hay duda: mejor quitar contenido obsoleto que mantenerlo para su escarnio público 😉
    Mucho ánimo con todo esto, hay que perseverar, hay que perseverar.

    • 04/03/2020 a las 20:25

      Bueno, cada cosa a un tiempo. Son muchas las acciones que hay que tomar para alcanzar un cierto estado de “transparencia efectiva”. Este post solo quería llamar la atención sobre algo que, de tan básico, nunca debería faltar.

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