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Aprobado el reglamento de la Ley de acceso electrónico


Leo en el blog de Montaña Merchán que el Consejo de Ministros aprobó el viernes pasado (6/11/2009) el Real Decreto por el que desarrolla parcialmente la Ley 11/2007 de Acceso Electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

Esta norma desarrolla los siguientes elementos de la Administración electrónica:

  • la sede electrónica, reforzando la fiabilidad de estos puntos de acceso a los servicios de la Administración General del Estado.
  • los registros electrónicos, con la importante novedad de la creación de un Registro electrónico común que recibirá los escritos y comunicaciones que presenten los ciudadanos que no hayan sido presentados ante los registros electrónicos competentes.
  • los elementos mínimos imprescindibles, en materia de identificación y autentificación, para afianzar el criterio de flexibilización impulsado en la Ley 11/2007.
  • el régimen específico para facilitar la actuación en nombre de terceros a través de dos mecanismos: la figura de las habilitaciones para la presentación de documentos electrónicos en representación de los interesados y la posibilidad de que los funcionarios públicos habilitados puedan llevar a cabo la identificación y autenticación de los ciudadanos en los servicios y procedimientos para los que así se establezca.
  • los procedimientos necesarios para recabar o remitir documentos que ya se encuentren en poder de la Administración General del Estado y sus organismos públicos, evitando con ello a los ciudadanos la necesidad de volver a aportarlos.
  • los documentos electrónicos: características, validez, copias electrónicas, agrupación en expedientes, archivo, conservación y destrucción.

Este Real Decreto sólo obliga a la Administración General del Estado, pero da pistas a las restantes administraciones para el desarrollo de su regulación propia.

Actualización (22/11/2009): Publicado en el BOE nº 278, de 18 de noviembre de 2009, el Real Decreto 1671/2009 (pdf), de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

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  1. Fernando
    25/01/2011 a las 23:54

    A continuación se ilustran tres violaciones o abusos sobre estas leyes:
    ===SIGPAC y Microsoft===
    Véase http://www.korama.es/blog/?p=185
    Ahora que Silverlight está cayendo SIGPAC, del Gobierno de España, tiene una gran oportunidad de adoptar las necesarias y solicitadas corrientes democráticas de internet y sociedad y usar HTML 5.
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    ===RFEDI y Microsoft===
    La Real Federación Española de Deportes de Invierno representa al Estado Español, como se ve en sus estatutos:

    Haz clic para acceder a ESTATUTOS%20RFEDI%202009.pdf

    También se ve que está ligada al Consejo Superior de Deportes, del Gobierno de España.
    Pues bien, la mucha gente que usa el navegador Firefox puede comprobar lo mal que se ven los resultados, tras pinchar en el botón “buscar” de:
    http://www.rfedi.es/competiciones/resultados_buscador.aspx?IdModalidad=1
    Al parecer se gastaron mucho dinero en crear la web con una “gran” aplicación de Microsoft que, debido a su alto coste y “profesionalidad”, da “así de bien” los datos.
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    ===TVE y Facebook===
    Las páginas que se van a citar se refieren a estas 2 de RTVE (espero que no haya más así, que no me extrañaría):
    “La noche en 24 horas – directo”: http://www.rtve.es/noticias/la-noche-en-24-horas/directo/
    y a
    “La 2 Noticias – Directo”: http://www.rtve.es/noticias/la2-noticias/directo/
    Es muy preocupante que una televisión pública, pagada con el dinero de todos, sólo permita hacer comentarios en sus páginas si se tiene cuenta privada en una multinacional externa (Facebook). Esto es un problema grave y ya se les está pidiendo que lo solucionen. Se debe poder comentar libremente, tal y como sucede en los blogs de RTVE y en muchos otros blogs, periódicos online, etc. La libre expresión, dada por supuesta, se ha violado. Es muy peligroso.
    Hay una página dedicada al problema en http://librexpresion.org/queja-contra-la-noche-en-24-horas
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    Quejémonos a estas instituciones directamente y publiquemos esto en nuestros blogs, etc. para que solucionen estos atropellos cuanto antes.

  2. 10/11/2009 a las 12:00

    El RD aún no está publicado.
    De todas formas recomiendo leer el artículo de Montaña, ya que apunta a un problema muy importante con el concepto del registro electrónico común y su utilidad real, o más bien su inutilidad, un tema que viene de largo y que parece que finalmente no se ha resuelto en el RD.
    Antes de hacerme mi opinión prefiero ver el RD tal como ha sido publicado, pero en principio parece que la crítica que Montaña hace tiene mucho sentido. Habrá que estar al tanto de este tema.

  3. 10/11/2009 a las 11:05

    ¿Dónde se puede conseguir el documento? Muchas gracias y un saludo, D.

  4. 10/11/2009 a las 00:27

    Sí, llega un poco justo de plazos ;-). Y andan por ahí el Esquema Nacional de Interoperabilidad y el Esquema Nacional de Seguridad, que van a llegar todavía más justos. La Ley se fijó plazos muy optimistas. Pero supongo que sin el acicate de la Ley las cosas habrían ido aun más despacio.

  5. 09/11/2009 a las 22:56

    Curioso reglamento que se aprueba menos de dos meses antes del plazo de cumplimiento obligatorio de la ley en cuestión para la AGE.

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