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Lo electrónico es sólo un medio, lo sustantivo es la Administración
Ayer, repasando lo que había publicado en el blog sobre la Ley de acceso electrónico a los servicios públicos, redescubrí una reflexión de hace dos años y medio que me pareció interesante, hasta el punto de rescatarla hoy en este mini-post.
Recuerdo de paso que, cuando se estaba gestando la Ley, era conocida como Ley de Administración electrónica, denominación que aun hoy algunos siguen utilizando.
Pues bien, en agosto de 2006 publiqué un post sobre los contenidos de la «futura» Ley de Administración Electrónica. La frase que ayer me llamó la atención fue la siguiente:
«Alguien dijo que esto de la e-Administración era un estado transitorio, hasta que lo electrónico se metabolizara definitivamente, para que a partir de entonces volviéramos a hablar directamente de Administración. De la misma forma, tengo para mí que esta Ley de Administración Electrónica no es sino la antesala de una futura Ley de Administración en la que se regulen, no los derechos de la ciudadanía en sus relaciones electrónicas, sino sus derechos en las relaciones con la Administración pública, no el funcionamiento de la Administración electrónica, sino el funcionamiento de la Administración pública, no la cooperación interadministrativa para el desarrollo y funcionamiento de la Administración electrónica, sino la cooperación interadministrativa en general. Lo electrónico es sólo un medio, lo sustantivo es la Administración».
En otras cosas habré evolucionado, pero en este punto sigo pensando lo mismo.
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